Las oposiciones es el método habitual que emplea la administración
pública para seleccionar a sus trabajadores.
| Esta técnica de búsqueda de empleo,
¿es adecuada para mi caso? |
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No, porque... |
1. QUÉ ES LA TÉCNICA DE OPOSICIONES
La preparación de oposiciones para el acceso a empleos públicos
es una de las más populares técnicas de búsqueda
de empleo. Por desgracia, las oposiciones sólo las aprueban un
número muy reducido de las personas que se presentan. Lo importante
cuando pienses en estudiar para acceder a un empleo público es
que elijas bien la oposición, que planifiques bien tu jornada
de estudio y que pienses también en la posibilidad de no aprobar
y en otras alternativas.
Los requisitos básicos son: 1) estar informado de los tipos
de plazas y de los requisitos de los aspirantes; 2) tener la titulación
adecuada y; 3) prepararse con tiempo para las pruebas de selección.
2. CÓMO INFORMARSE SOBRE OPOSICIONES
Para obtener información sobre las oposiciones convocadas podemos
recurrir al Boletín Oficial del Estado en el caso de la oferta
de empleo público de la Administración Central; en el
caso de las administraciones autonómicas, la información
relacionada se publica en los diarios oficiales o boletines locales,
provinciales y autonómicos. Además, los ayuntamientos,
centros de documentación e información juvenil y los servicios
de información y documentación universitaria, proporcionan
datos sobre las oposiciones que se van a convocar. También podemos
consultar las siguientes fuentes de información:
3. MÉTODOS DE PREPARACIÓN Y ESTUDIO DE OPOSICIONES
Es importante marcar una disciplina de estudio en la que un horario
y un sitio de trabajo fijos son fundamentales, además de seguir
la técnica de estudio más adecuada para cada persona.
Podemos utilizar varios métodos para preparar las oposiciones,
algunos de los cuales son compatibles entre sí:
- Preparación exclusivamente individual. Sin
ayuda de preparadores, academias y sin compañeros. Esta forma
sólo es recomendable para aquellas personas que posean gran
fuerza de voluntad o tengan una fuerte motivación para conseguir
un trabajo en concreto.
- Preparación en grupo. Para ello es importante
que se trate de un grupo compacto y unido. Normalmente se recurre a
compañeros de estudio y amigos. Es una buena técnica
que nos permite hablar y contrastar cómo van los estudios con
los miembros de dicho grupo. Permite repartir la elaboración
de los temas entre los miembros del grupo y generalmente supone un
factor motivacional y de apoyo mutuo.
- Con un preparador. Es un método relativamente
caro pero es uno de los mejores siempre que se trate de una persona
acreditadamente profesional en la materia y con experiencia en la preparación
de otros opositores que hayan tenido éxito.
- Preparación en una academia. Puede ser el
mejor método siempre que sepamos elegir una especializada en
la oposición que nos interesa. Es necesario "investigar"
sobre la academia: su antigüedad, índice de aprobados,
etc.; sobre el profesorado: su formación y ocupación
fuera de la academia, si realizan en la propia academia el temario
o lo adquieren en otra parte, etc. Si elegimos esta opción nos
ahorraremos gran parte de la planificación y disfrutaremos de
una buena metodología de estudio. No obstante hay que contar
con que esta técnica siempre nos supondrá un desembolso
económico, en función del prestigio y calidad de la academia
y del profesorado.
4. ORGANISMOS PÚBLICOS CONVOCANTES DE OPOSICIONES
Algunos organismos "clásicos convocantes" de oposiciones
son la Administración del Estado y sus distintos ministerios
(Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, Interior, Sanidad,
Asuntos Sociales, Educación, etc.); las universidades; las consejerías
de las distintas comunidades autónomas; los ayuntamientos, las
diputaciones provinciales; etc.
5. LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
Es el instrumento utilizado por la Administración del Estado
para determinar y cubrir anualmente sus necesidades de nuevo personal.
Las comunidades autónomas y las administraciones locales tienen
también sus propias ofertas de empleo.
La oferta de empleo público se elabora a partir de las peticiones
de los distintos ministerios, de acuerdo con sus presupuestos. Se recoge
en un real decreto que es aprobado por el Consejo de Ministros dentro
del primer trimestre de cada año. En ella aparecen las plazas
correspondientes a la Administración del Estado, sus organismos
autónomos y la Seguridad Social.
Se trata del tope máximo de puestos de trabajo a cubrir por
la Administración en un año y, a partir de ahí,
cada convocatoria establece las condiciones necesarias en cuanto a requisitos,
programas, tipo de ejercicios, etc. para ingresar en cada cuerpo de
funcionarios o categorías laborales.
Las plazas de personal funcionario y laboral aparecen diferenciadas.
Las primeras están desglosadas por grupos de titulación
y cuerpos, y las segundas por ministerios.
6. VENTAJAS DEL EMPLEO PÚBLICO
- Seguridad y estabilidad laboral.
- Estabilidad horaria.
- Condiciones laborales no sujetas a situaciones de producción.
- Garantía de igualdad de acceso a las funciones y desempeño
de los puestos de trabajo.
- Valoración objetiva e imparcial de las pruebas de acceso.
- Posibilidades de desarrollar una carrera administrativa, permitiendo
una movilidad tanto departamental como geográfica.
- Posibilidad de ascender de categoría preparando las oposiciones
una vez que se está "dentro" de la Administración.
7. INCONVENIENTES DEL EMPLEO PÚBLICO
- Ascensos lentos.
- Pocas posibilidades de promoción.
- Méritos individuales poco valorados.
- Aumentos de sueldo poco sustanciales.
- Susceptibilidad de mala remuneración de servicios y horas
extraordinarias.
- Desmotivación laboral, poco prestigio social en algunos sectores
y escasas ayudas sociales.
- En los últimos años la oferta de empleo público
se ha visto reducida considerablemente.
8. PERFIL DEL OPOSITOR
Por las peculiaridades de la preparación de oposiciones, el
candidato a empleado público tendrá que sopesar bien sus
aptitudes de perseverancia, constancia, seguridad en sí mismo
y memoria antes de lanzarse a preparar unas oposiciones.
La motivación aquí es un factor importante para alcanzar
el éxito ya que la preparación de oposiciones es un ejercicio
largo en el tiempo y muchas veces poco reconfortante para quien las
prepara. Hay que sopesar las posibilidades reales de conseguir el objetivo
y los esfuerzos que deben realizarse.
9. CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL OPOSITOR
Además de la realización de una serie de pruebas objetivas
de conocimiento y habilidades, el opositor debe reunir las siguientes
condiciones:
- Nacionalidad española.
- Pleno disfrute de derechos civiles.
- Mayoría de edad.
- Edad requerida (en su caso).
- Salud e integridad física.
- Posesión de títulos y diplomas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de funciones públicas.
10. PROCESO A SEGUIR POR EL OPOSITOR
- Comenzar la preparación del temario correspondiente a la
categoría elegida. Es importante analizar los volúmenes
existentes en el mercado y no utilizar los primeros que caigan en nuestras
manos. Además de revisar la fecha de edición, hay que
asegurarse de que los temas que aparecen en el índice son los
oficiales, que cada apartado se explica de modo completo, y que las
normativas legales que se utilizan son las vigentes.
- Estar pendiente de la publicación de la convocatoria de la
oposición en el boletín oficial que corresponda.
- Presentar la instancia.
- Comprobar que se aparece en las listas de admisión.
- Conocer la fecha de realización del primer examen.
- Realizar los exámenes o pruebas pertinentes.
- Ver las listas de aprobados.
- Si se ha conseguido plaza, presentar los documentos necesarios.
- Solicitar el destino, si es el caso.
- Y, por último, el nombramiento y toma de posesión
como funcionario/a de carrera.
11. CLASES DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN
Un 60% del personal público está al servicio de la Administración
del Estado, un 24% presta sus servicios en la Administración
Autonómica y el 16% restante pertenece a la Administración
Local.
Personal Laboral
Formado por los contratados por la Administración, en similares
condiciones que cualquier trabajador de la empresa privada, en aquellos
puestos no reservados a funcionarios.
Personal Funcionario
Personal sometido al régimen estatutario que está compuesto
por normas de derecho público. Existen unos 1.300 Cuerpos y Escalas
de funcionarios:
1. Generales, que son los que desempeñan funciones
comunes al ejercicio de la actividad administrativa y son cuatro:
- Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado (Grupo A)
- Cuerpo General de Gestión de la Administración Civil
del Estado (Grupo B)
- Cuerpo General Administrativo (Grupo C)
- Cuerpo General Auxiliar (Grupo D)
2. Especiales, que ejercen funciones que constituyen
el objeto de la peculiar carrera o profesión, como pueden ser
los arquitectos de la hacienda pública, diplomáticos,
profesores, inspectores de finanzas, investigadores científicos
del CSIC, etc.
De acuerdo a la titulación exigida para su ingreso, los Cuerpos
y Escalas se agrupan del siguiente modo:
- Grupo A: Doctor, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente.
- Grupo B: Ingeniero Técnico, arquitecto Técnico y Diplomado
- Grupo C: Bachiller, FP II o equivalente.
- Grupo D: Graduado escolar, FP I o equivalente.
- Grupo E: Certificado de escolaridad.
12. SISTEMAS Y MÉTODOS DE INGRESO
Sistemas de ingreso
1. Sistema de carrera. Es el sistema que ha sido
utilizado tradicionalmente por la Administración basado en la
superación de pruebas que miden objetivamente los conocimientos
y aptitudes genéricas de los aspirantes.
2. Sistema de empleo. Sistema que consiste en reclutar
a los aspirantes para desempeñar puestos de trabajo concretos,
perfectamente definidos, utilizando para ello curriculum vitae, entrevista
o cualquier otro sistema de similares características.
En la práctica se crea un modelo mixto porque cada uno de estos
sistemas tiende a incorporar elementos del otro. El tradicional sistema
de carrera incorporó a partir de 1984 elementos propios de un
sistema de clasificación de puestos de trabajo, por lo que actualmente
conviven diferentes procedimientos de selección.
Métodos de ingreso en la Administración Pública.
1. Oposición. Consiste en la realización
de una serie de pruebas objetivas de conocimiento y habilidades. Posteriormente
se dedica un apartado al procedimiento de selección. La oposición
es el sistema ordinario de ingreso, salvo cuando por la naturaleza de
las funciones a desempeñar sea más adecuada la utilización
del concurso- oposición, y, excepcionalmente, del concurso.
2. Concurso. Aquí sólo se consideran
los méritos exigidos en la convocatoria correspondiente. Se valoran
los méritos preferentes de trabajo desarrollado en puestos anteriores,
los cursos de promoción y perfeccionamiento superados, las titulaciones
académicas y la antigüedad.
3. Concurso-oposición. Es un sistema muy utilizado
actualmente que combina la realización de pruebas objetivas u
oposiciones con la valoración de ciertos méritos.
4. Libre designación. Con este sistema se
cubren los puestos de trabajo que se determinen en la relación
de puestos de trabajo. La convocatoria será pública y
la autoridad competente designará a la persona correspondiente
entre los funcionarios que aspiren al puesto. Se utiliza para la promoción
interna de funcionarios y no para personal externo.
13. PRINCIPIOS GENERALES DE SELECCIÓN
- Principio de igualdad. En el acceso a la función
pública son irrelevantes las circunstancias de raza, sexo, religión
o posición social. Ello implica la libre concurrencia a las
pruebas de ingreso de todas las personas capacitadas para ello.
- Principio de mérito y capacidad. Se descarta
todo criterio selectivo que no atienda a la capacidad intelectual y
a los méritos personales de los candidatos. En base a este principio
se diseña el sistema de pruebas objetivas existentes en la Administración.
- Principio de publicidad. Este principio implica
la necesidad de que la selección de personal se realice mediante
convocatoria pública. Rige durante todo el proceso selectivo.
Existe un porcentaje de plazas reservadas para personas discapacitadas
que quieran acceder a la Administración Pública, y en
algunas convocatorias se reservan plazas de promoción interna.
14. ÓRGANOS DE SELECCIÓN EN OPOSICIONES
Los Tribunales de Oposición son nombrados en cada orden de
convocatoria y se encargan del desarrollo y calificación de las
pruebas selectivas. Están compuestos por especialistas en el
área de conocimiento y con titulación igual o superior
a la de los aspirantes. En ningún caso, los órganos de
selección podrán estar formados mayoritariamente por funcionarios
pertenecientes al mismo cuerpo al que aspiran los candidatos.
Los miembros del Tribunal deberán realizar declaración
expresa de no hallarse en circunstancia de parentesco, amistad o enemistad
manifiesta, relación de servicio, etc. respecto a los aspirantes.
Por otra parte, la Comisión Permanente de Selección
es competente en aquellos procesos selectivos para el acceso a los cuerpos
B, C y D, en los que el elevado número de aspirantes y el nivel
de titulación así lo aconsejen.
15. CONVOCATORIAS DE EMPLEO PÚBLICO
Las convocatorias, junto con las bases, se publican en el Boletín
Oficial del Estado y en el resto de boletines oficiales. Pueden ser
de carácter unitario o bien estar dirigidas específicamente
al ingreso en Cuerpos o Escalas determinados.
Las convocatorias deben contener al menos los siguientes datos:
- Número y características de las plazas convocadas.
- Órgano, centro o unidad administrativa a que deben dirigirse
las solicitudes.
- Requisitos que deben reunir los/as aspirantes.
- Sistema de selección.
- Pruebas selectivas y, en su caso, relación de méritos
que se valoran o exigen.
- Designación del Tribunal o Comisión Permanente.
- Sistema de calificación.
- Programa o designación del BOE o boletín que lo contenga.
- Duración máxima de los ejercicios.
- Orden de actuación de los aspirantes.
En cada convocatoria se enunciará expresamente que no superarán
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las
plazas convocadas.
Los procedimientos de selección pueden incluir temas de conocimientos
generales o específicos, tests psicotécnicos, entrevistas
y cualquier otro sistema adecuado para asegurar la objetividad y racionalidad
del proceso. Además pueden ser escritos u orales y al menos uno
de los ejercicios deberá tener carácter práctico.
16. LAS OPOSICIONES EN LA UNIÓN EUROPEA
Las convocatorias de las oposiciones en la UE, así como los
requisitos de participación en estas oposiciones (número
de puestos disponibles, condiciones de desarrollo de la oposición,
fórmula), se publican en el Diario Oficial de las Comunidades
Europeas, además de recogerse en la prensa. La Comisión
publica cada año, en francés, un calendario provisional
de convocatorias de oposiciones para las Comunidades Europeas que puede
consultarse en:
http://europa.eu.int/en/comm/dg09/concours/fr/526.htm
Requisitos
De conformidad con el artículo 28 del Estatuto de los funcionarios
de las Comunidades Europeas, los candidatos deberán cumplir algunas
condiciones.
Condiciones generales.
- ser nacional de uno de los estados miembros de las Comunidades,
- gozar de sus derechos civiles,
- estar en situación regular por lo que al servicio militar
se refiere,
- ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio
de sus funciones.
Condiciones específicas.
Se refieren a los idiomas exigidos y a la edad, condiciones que pueden
ser variables. El personal de la Comisión suele trabajar en tres
lenguas principales: francés, inglés y alemán,
aunque las propuestas legislativas se presentan en todas las lenguas
oficiales. Se exige un perfecto conocimiento de una de las lenguas oficiales
de la Unión Europea (generalmente la lengua materna) y un buen
conocimiento de una segunda lengua oficial.
Procedimiento de oposición
Las oposiciones se desarrollan en tres fases eliminatorias:
- La prueba de preselección
- La prueba escrita
- La prueba oral
Las dos primeras fases tienen lugar en diferentes ciudades de los
estados miembros y la tercera suele realizarse en Bruselas.
La selección se lleva a cabo exclusivamente en función
de los méritos demostrados y puede durar varios meses desde el
inicio de la oposición hasta la conclusión de la prueba
oral.
Los candidatos que aprueban pasan a una lista de reserva y son asignados
a puestos a medida que se producen vacantes. Esta lista tiene un periodo
de validez de 2 años (tiempo suficiente para que los candidatos
obtengan un puesto de trabajo) pero se suele utilizar la renovación
o prórroga.
El curriculum vitae de los candidatos aprobados circula por los diferentes
servicios de la Comisión, los cuales se pondrán en contacto
con los aprobados para cubrir determinados puestos de trabajo. La oferta
de selección propiamente dicha se lleva a cabo exclusivamente
por la Dirección General IX de la Comisión Europea, encargada
de Personal y Administración. Los aprobados no tienen la seguridad
absoluta de ser seleccionados, puesto que la selección depende
de los puestos vacantes.
Más información. Para más información
se puede contactar con las Oficinas de Representación en los
Estados miembros o dirigirse a:
Comisión Europea. Info Selección de Personal unidad
de Selección de Personal
Wetstraat/200, rue de la Loi. B-1049 Bruselas
Tel. ++32/2/295.28.49,295.56.62 ó 295.32.37 Fax: ++32/2/295.74.88
Otros puestos de trabajo temporales
Junto a la selección mediante oposiciones de personal permanente,
la Comisión selecciona un número limitado de agentes temporales
especializados, con contratos de corta duración. Las necesidades
pueden presentarse en cualquier ámbito de actividad de la Comisión.
Las convocatorias para ocupar estos puestos aparecen en la prensa, pero
los procedimientos de selección son diferentes del procedimiento
normal de las oposiciones.
Selección del personal de investigación de la
UE
La Comisión cuenta aproximadamente con 3500 personas que participan
en actividades de investigación y desarrollo, fundamentalmente
en programas- marco de ámbitos como los materiales avanzados,
el medio ambiente, las técnicas de comunicación, las aplicaciones
de la teledetección, la tecnología de la seguridad, etc.
Otras 1.500 personas trabajan en Bruselas en la preparación de
diversos proyectos que, al tiempo que ejercen un control sobre los proyectos
financiados conjuntamente por el presupuesto de la UE, están
también encargados de la difusión y evaluación
de los resultados.
Para la selección del personal de investigación, el
cual debe poseer unos conocimientos técnicos especializados en
determinadas ramas de la I+D, se utilizan unos procedimientos distintos.
El personal de investigación (principalmente de categoría
A, pero también de otras categorías) suele trabajar para
la Comisión con contratos temporales o de duración determinada.
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